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Régimen de Pensiones

Las pensiones deberán ser canceladas en su totalidad los primeros 10 días de cada mes. En caso de incumplimiento se recargara un valor adicional por concepto de gastos administrativos. En el pago de pensiones se incluirán los costos de servicios adicionales.

Si el incumplimiento del pago subsiste hasta fin de mes (día 30), se retirará el servicio de transporte y el derecho del alumno a ingresar al Colegio.

El incumplimiento en el pago de las pensiones impide que el estudiante rinda evaluaciones sumativas y presente trabajos o proyectos.

Si se verifica, en un año lectivo, tres meses de atraso en las pensiones, el Colegio se reserva el derecho de solicitar el retiro del alumno o negar la matricula en el caso que corresponda.

En todos los casos, será la Secretaria Financiera quien recepte las solicitudes que sobre el régimen de pensiones presenten los padres o representantes legales de los alumnos.

En caso de existir un incremento en la pensión o en los valores a cancelar por los padres y representantes legales, estos serán aprobados por el Consejo Directivo hasta el 30 de junio de cada año y serán expuestos en la Secretaria Financiera a partir de dicha fecha.

Los descuentos en el costo neto de la pensión, en caso de hermanos son:

1 hermano: 10%; 2 hermanos: 15%; 3 hermanos: 20%

 

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